Empecemos por saber ¿Qué es la pensión alimenticia? Es de acuerdo a su definición doctrinal el derecho que tiene los acreedores alimentarios para obtener de sus ascendientes u otros parientes obligados conforme a la ley aquello que le es indispensable no sólo para sobrevivir sino para desarrollarse y vivir con dignidad y calidad de vida.
La tesis que hace posible su reclamo así como los detalles de los requisitos que establece para su procedencia la tesis que principalmente se ha manejado para un reclamo retroactivo de pensión alimenticia es aquella de rubro alimentos elementos que el juzgador debe considerar para calcular el quantum de la pensión alimenticia cuando la obligación debe retrotraerse al momento del nacimiento del menor esta tesis cuyo texto les dejo completo en la transcripción establece dos premisas para determinar la procedencia y cuantía de la pensión alimenticia:
- Si existió conocimiento previo de su obligación
- La buena o mala fe del deudor alimentario
Respecto a la primera la corte establece que si el deudor desconocía la existencia de su obligación no puede atribuirse que quiso incumplir con su obligación alimentaria ya que en este caso particular no se puede cumplir con una obligación que se ignora por lo que desde el punto de vista de un proceso en el que se reclama una pensión retroactiva se debe determinar y acreditar con medios idóneos. Si el deudor tenía conocimiento previo de su obligación o no y respecto de la buena o mala fe del deudor alimentario determina la tesis que ésta debe establecerse en función a la colaboración que tuvo el deudor alimentario en relación a la determinación de la filiación es decir si el deudor alimentario colaboró desde el conocimiento de la paternidad y durante el proceso no se dispuso a retrasar el juicio como por ejemplo al no colaborar en la muestra de adn para la pericial necesaria en un caso de reconocimiento de paternidad
Es por esto que este tipo de procesos y reclamaciones retroactivas tienen como fuente principal los procesos de reconocimiento de paternidad ya que es donde puede determinarse que la obligación alimentaria podría haber sido omitida desde el nacimiento del menor caso contrario en un ejemplo como en el que ambos padres viven juntos para posteriormente separarse donde se entiende que la pensión alimenticia fue cubierta mientras que habitaron deudores y acreedores.