Alfonso Carbajal

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar el afore de un fallecido?

A pesar de tratarse de algo natural la muerte es proceso muy difícil de afrontar al tratarse de un familiar cercano. Además de enfrentar el dolor de la pérdida de este ser, también los trámites burocráticos que deben realizarse. Entre ellos, cobrar el dinero de la afore del fallecido.

Los tramites con las Afores ya de por si solos son una gran problema y en ocasiones algunos casi imposible de realizar, el de cobrar la afore no es la excepción. Si la persona era un trabajador activo lo mas seguro es que disponía de un fondo de retiro que puede ser cobrado por un beneficiario suyo.

El límite de tiempo para cobrar el afore de una familiar fallecido es de hasta 10 años. A continuación te comparto los requisitos para poder realizar este tramite así como los detalles del beneficiario para este acto.

¿Cómo puedo saber quién es el beneficiario de una afore?

Como es posible saber quiénes son los que pueden realizar el retiro de afore  o quien es el beneficiario de la afore de un familiar fallecido, según la ley del Seguro Social, solo son reconocidos 3 tipos de beneficiarios.

  • Estos son esposa o esposo o cónyuge
  • Hijos de hasta 24 años de edad en caso de que sigan estudiando
  • Padres o abuelos del fallecido

De acuerdo a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro, además de estos 3 tipos de beneficiarios mencionados, también la ley considera un sustituto, mismo que el titular de la afore debió haber designado de manera directa y que puede no ser un familiar.

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¿Qué es necesario para cobrar Afore de un fallecido?

Los requisitos necesarios para cobrar una afore de un familiar fallecido son los siguientes: La persona designada o familiar que vaya a retirar los ahorros debe llevar consigo, número del de Seguridad Social y el régimen con el que se cotizó, ya sea la ley del Seguro Social de 1973 o con la de 1997, Acta de nacimiento y de defunción del familiar y el estado de cuenta más reciente de la Afore.

En primera instancia se cobrara el 50% de la subcuenta del retiro, así como también el ahorro voluntario de la subcuenta de vivienda. Por otra parte, en la segunda el monto variará según el número de las semanas de cotización que estén registradas.

Si hubiera problemas al no tener un beneficiario asignado se puede emitir un juicio ante la Junta Federal de conciliación y arbitraje para que así se reconozca a uno con carácter de beneficiario.