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SAT: Si tus ingresos vienen desde Internet no puedes tributar en el RESICO

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La Reforma Fiscal para 2022 trajo la implementación del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos.

La ventaja principal del RESICO es que tienes una declaración sencilla y una tasa de Impuesto sobre la Renta (ISR) muy atractiva, ya que ese régimen fiscal tiene como tope el 2.5 por ciento y te olvidas de deducir ISR e IVA con facturas que serán rechazadas en alguna auditoría.

El beneficio del RESICO es que de todo lo que factures, tienes el tope de 2.5% en la tasa de Impuesto sobre la Renta, esto quiere decir, que no tendrás deducciones por el tope tan bajo de ISR.

El RESICO es el nuevo régimen fiscal que ayuda a simplificar el pago de impuestos a los contribuyentes que no facturen más de 3.5 millones de pesos anuales o su equivalente a 219 mil 666 pesos mensuales.

¿Pueden los influencers, medios digitales y choferes de aplicaciones móviles aplicar al RESICO?

Si ganas dinero invirtiendo en la bolsa de valores, en criptomonedas, monetizas sitios web, obtienes ingresos como influencer o simplemente eres repartidor o chofer de una aplicación móvil, el RESICO no es para ti, ya que existe una incompatibilidad con las Personas Físicas de Plataformas Digitales (RPD).

Estos dos régimenes son incompatibles, ya que la mayoría de proveedores en plataformas digitales retienen parte o la totalidad del IVA y el RESICO prohibe que existan retenciones de cualquier tipo ya que está limitado al 2.5% del ISR.

El otro candado es que el RESICO obliga realizar actividades empresariales o profesionales que otorguen el uso o goce de bienes inmuebles, según se refiere en la fracción II del Artículo 18-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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¿Si el proveedor no retiene ISR o IVA se puede aplicar al RESICO?

Si ganas dinero desde Internet y no te retienen ningún impuesto, y a su vez el pago viene de algún banco mexicano, no tendrías problemas de compatibilidad con el RESICO, pero si ya estás dado de alta en el Régimen de Plataformas Digitales, tendrás que dar de baja ese régimen fiscal y cambiarte.

Es importante que recuerdes que si no generas facturas por esos ingresos, tendrás que realizar una factura genérica por el monto del depósito y pagar el 2.5% de ISR sin derecho a deducir.

¿Puedes obtener ingresos por sueldos y salarios además de estar en el RESICO?

Si puedes, ya que el Artículo 113-E, Párrafo Sexto de la Ley del Impuesto sobre la Renta no especifica incompatibilidades.

Por lo tanto, puedes tener tus ingresos salariales y en tus tiempos libres emprender con tu negocio siempre y cuando parte de los ingresos no sean retenidos por el proveedor como sucede en Amazon, Mercado Libre, Uber, Didi, Rappi por mencionar los más populares.

Si tus pagos vienen de Google, Facebook (Meta) y otras empresas digitales, no podrás justificar con la factura esos ingresos en el RESICO ya que están contemplados en el RPD.

Evita problemas fiscales y multas por querer pagar menos impuestos estando en un régimen fiscal erróneo.