Como requisito para realizar tramites regularmente, el Servicio de Administración Tributaria, solicita un documento como comprobante de domicilio, te comparto los documentos validos por el SAT.
Comprobante de domicilio para el SAT
- Estado de cuenta a nombre del contribuyente emitido por las instituciones del sistema financiero, mismo que no debe tener una antigüedad mayor a los 4 meses, no es necesario que se exhiba pagado
- El último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente, mismo que no deberá tener una antigüedad mayor a los 4 meses. Al tratarse de un recibo anual, deberá corresponder al ejercicio en curso, y no es necesario que se exhiba pagado.
- El último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente, mismo que no deberá tener una antigüedad mayor a los 4 meses y no es necesario que se exhiban pagados.
- El la última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los contratos que son validos como comprobantes ante el SAT
Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente, en ambos casos, el arrendador o el subarrendador deberán estar inscritos y activos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y cuando el arrendador o el subarrendador sea una persona física, requiere estar inscrito en el régimen de arrendamiento y adjuntar al contrato una copia simple de su identificación oficial vigente.
En estos casos, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales, tales como el nombre y la firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y las declaraciones a las que se sujetarán, por mencionar algunas.
Prestación de servicios a nombre del contribuyente, en los que se incluyan el uso de una oficina o de un espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante un fedatario público.
Comprobantes de domicilio
Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, con una antigüedad no mayor a los 3 meses. Servicios de luz, teléfono o de agua suscritos por el contribuyente, no deberán tener una antigüedad mayor a los 2 meses. Una carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los gobiernos estatales, municipales o sus similares de la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, documentos que no deberán contar con una antigüedad mayor a los 4 meses.
Un recibo oficial o una orden de pago expedida por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México, a nombre del contribuyente, que deberá contener el domicilio fiscal de la persona que se presenta ante el SAT, con una antigüedad no mayor a los 4 meses. Al tratarse este de un pago anual, deberá corresponder al ejercicio vigente y no es necesario que se exhiba pagado. Para el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin una actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral vigente basta.
Cabe recordad que en el caso de la inscripción en el RFC de las personas morales extranjeras, pueden presentar una Autorización de la Oficina de Representación o la Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que ambas contengan la información del domicilio en donde se llevan a cabo las actividades económicas. Este documento requiere ser expedido a nombre de la persona moral interesada.
Comprobante de domicilio para el SAT persona física
Para los trámites que realizan las personas físicas, los comprobantes de domicilio pueden estar a nombre de un tercero, excepto los estados de cuenta que proporcionan las instituciones del sistema financiero (bancos), bastan la última liquidación del IMSS, los contratos de fideicomiso y la apertura de cuentas bancarias, así como la carta de radicación o de residencia, siempre y cuando cumplan con sus respectivos requisitos.
Em importante mencionar que la autoridad fiscal podrá aceptar como comprobantes de domicilio para el trámite de inscripción en el RFC de una persona moral los estados de cuenta que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el último recibo del impuesto predial, el último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua, los contratos de arrendamiento o subarrendamiento, de prestación de servicios, apertura de cuenta bancaria y servicio de luz, teléfono o agua, que se encuentren a nombre de uno de los socios o accionistas, siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en dichos numerales. Para cualquier otro trámite, los comprobantes de domicilio deben estar a nombre de la persona moral








